EL CONSEJO ASESOR DE LA COMISIÓN DE ECOLOGÍA Y MEDIO AMBIENTE DEL CONCEJO DELIBERANTE DE CASILDA, HA DECIDIDO QUE CONTINUARÁ CON EL BLOG, HABIDA CUENTA DE QUE SE MANTIENE EN LA CIUDAD OTRA PLANTA DE AGROQUÍMICOS, Y ADEMÁS, SE ESTÁN DISCUTIENDO TEMAS VINCULADOS CON EL USO DE ESTAS SUSTANCIAS EN LAS FUMIGACIONES.
¿Que las plantas formuladoras de agroquímicos NO EXPLOTAN?, LEE ESTA PÁGINA Y DESPUÉS ME CONTÁS...
Explosión de Anaversa - Veracruz - México -1991
El jueves próximo se cumplen diez años del incendio que consumió las instalaciones de la empresa Agricultura Nacional de Veracruz, mejor conocida como Anaversa, en la ciudad de Córdoba, Veracruz. Dicha negociación funcionaba en la zona urbana y durante décadas formuló diversos plaguicidas altamente dañinos para el ser humano y el ambiente como paratión metílico, malatión y pentaclorofenol.
De no haber sido por el incendio que consumió parte del local y las sustancias peligrosas allí almacenadas, la opinión pública no se habría enterado del cúmulo de irregularidades con que trabajó por lustros dicho negocio, ni del peligro de las sustancias que almacenaba y servían para formular y envasar diversos plaguicidas que luego se vendían sin cortapisa en el mercado.
Aunque las actividades de Anaversa eran de las catalogadas por las autoridades como de "alto riesgo", contó siempre con los permisos y las licencias correspondientes, expedidas por la entonces Subsecretaría de Ecología y por la Secretaría de Salud. No valieron las peticiones de los vecinos, de los maestros de una escuela que funcionaba cerca y de grupos ciudadanos en el sentido de que Anaversa debía ser reubicada porque afectaba la salud de la gente. Las autoridades sólo actuaron, y mal, cuando el incendio obligó a evacuar a miles de personas y se apagó el fuego sin los mínimos cuidados que se exigen en estos casos.
Consecuencias de la explosión de una planta mezcladora de plaguicidas
José Luis Blanco* y Ramón Rocha Manila**
*Profesor, Facultad de Sociología del SEA/UV Correo electrónico: jlblanco@infosel.net.mx
**Licenciado en Sociología y Médico, UV
Introducción
El 3 de mayo de 1991, el sureste de la ciudad de Córdoba, Veracruz, se estremeció con la explosión de las instalaciones de la empresa de plaguicidas Agricultura Nacional de Veracruz (Anaversa) que derramó plaguicidas organofosforados y organoclorados a varias cuadras a la redonda. Miles de vecinos empezaron a padecer los efectos de las sustancias emitidas durante el accidente, así como de las dioxinas producidas por la explosión. Nadie en Córdoba estaba preparado para enfrentar el desastre industrial de los plaguicidas y las dioxinas. Mujeres y niños fueron los más vulnerables, además de bomberos, servidores de limpieza pública y policías que auxiliaron en el control de la catástrofe. Bajo un clima de impunidad, la empresa nunca pagó por el daño que hizo. Aunque fue obligada a cubrir una reducida multa de cerca de cien mil pesos, recibió el monto de un seguro por 3 mil 500 millones de viejos pesos. La planta cerró pero el inmueble todavía está en pie y constituye un importante foco de riesgo para los vecinos. La sociedad civil reclamó sus derechos, pero las autoridades municipales, estatales y federales de los años noventa negaron los daños, obstaculizaron los estudios, ocultaron la información y hostilizaron a la Asociación de Afectados por Anaversa, auspiciada por la entonces diputada estatal de Ecología (1988-91), Rosalinda Huerta Rivadeneyra, a quien, por ser de un partido de oposición, acusaron de amarillista, de falsear la realidad y, además, de no contar con el diagnóstico clínico científico para probar la correlación entre la explosión de Anaversa y las enfermedades de los afectados. O sea, de no cumplir con las tareas que eran y siguen siendo obligación oficial. Las autoridades municipales de los trienios 1992-95 recibieron un fideicomiso irrisorio para atender a los enfermos pero nunca lo ejercieron, ya que consideraron que no había daños y que sólo eran infundios de los periodistas de Córdoba y la Asociación de Afectados. Este movimiento tuvo su mayor auge entre 1993-96, año en que murieron parte de los afectados más participativos de la organización, sin haber recibido un diagnóstico preciso de sus enfermedades y menos un tratamiento adecuado. Para 1996, la situación se hizo más patética para la Asociación y para los afectados a quienes las autoridades de salud pública les negaron toda credibilidad, más por motivos políticos que científicos. La población de las colonias pobres de Córdoba es la que ha tenido que afrontar el costo del desastre industrial de la planta mezcladora de plaguicidas y de la impunidad. Ellos todavía viven los efectos negativos de las sustancias dispersadas antes de la explosión y durante ella. Abundan los testimonios de afectados que revelan la necesidad de estudios, leyes, reglamentos y de una nueva cultura que permita prevenir los desastres industriales producto de un régimen social que fomenta la impunidad del delito de daños a terceros. El desastre industrial no es natural ni producto de la furia de los dioses: es fruto de la falta de previsión ante amenazas concretas y medibles. Se sabía que Anaversa constituía un peligro porque trabajaba con sustancias altamente tóxicas, y que, en caso de explosión, éstas producirían dioxinas, cuyos efectos sobre el sistema nervioso, respiratorio y endocrino pueden permanecer activos durante décadas y afectan tanto al directamente expuesto como a su descendencia.
Consecuencias del accidente
De los efectos inmediatos, la prensa informa de 2 mil personas evacuadas, más de mil personas con signos de intoxicación, 300 hospitalizados en estado grave. Conforme a la recomendación de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), a la Secretaría de Salud le correspondía realizar un censo integral de los afectados de manera aguda por la contaminación y llevar a cabo los estudios epidemiológicos y de colinesterasa, además de darle seguimiento a los pacientes. La Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología debía informar sobre la pertinencia o no de demoler el inmueble, así como de un informe conjunto de ambas secretarías a la población y a la CNDH sobre las investigaciones y acciones llevadas después del siniestro. Parte de estos estudios fueron ocultados y, algunas pruebas de laboratorio, destruidas. La tragedia continuó meses después: se reportaron muertes de niños que entraron en un estado de inmunodeficiencia y padecieron una larga lista de enfermedades; mujeres que sufrieron abortos o tuvieron niños con malformaciones, padecieron cáncer, depresión; se presentó cirrosis en gente que no tomaba alcohol, etcétera. A los cinco años del accidente había 87 personas fallecidas como consecuencia atribuible a la contaminación de plaguicidas; ahora, la cifra total se desconoce. Diversos especialistas consideran el incendio de Anaversa como el peor desastre ecológico en América Latina, especialmente por la presencia en el accidente de plaguicidas organoclorados que provocan pocos efectos en forma aguda, pero son más tóxicos si son absorbidos de forma inhalatoria que por vía oral o cutánea. La mayoría de los pacientes intoxicados estuvieron expuestos por vía inhalatoria, lo que les afectó el sistema nervioso central, el hígado y los riñones. La prueba diagnóstica de la exposición a los plaguicidas organofosforados son las cifras en suero de la colinesterasa, enzima que es responsable del control de la acetilcolina. Cuando su concentración en suero es menor al 30 por ciento del valor normal, indica intoxicación por esos plaguicidas. Los reportes de la Facultad de Ciencias Químicas de la Universidad Veracruzana en Orizaba sobre la determinación de colinesterasa en 296 muestras enviadas a esta institución inmediatamente después del accidente mostraron cifras inferiores a ese valor en todas las muestras. Los síntomas de intoxicación aguda propios del daño por organofosforados fueron evidentes; de una encuesta hecha a mil 540 vecinos de Anaversa que vivieron los momentos del incendio, 485 presentaron dolor de cabeza; 379, dolor faríngeo y de boca; 282, irritación de piel y mucosas; 241 presentaron mareos; 229, naúseas; 134, vómitos; 132, dolor abdominal; 120, debilidad; 118, tos; 97, insomnio. Los insecticidas organofosforados que, según la empresa se dispersaron durante el accidente, fueron paratión, del cual se calcula que se quemaron 18 mil litros ese 3 de mayo, y malatión, del que se desconoce la cantidad de litros quemados. En relación con los plaguicidas organoclorados, su toxicidad es crónica, sus efectos se muestran con el tiempo. Son ejemplo representativo de éstos el lindano y el pentaclorofenol esparcidos en el incendio de Anaversa. Este tipo de compuestos químicos se acumulan en el tejido graso y en el manejo de los intoxicados está contraindicada la ingesta de leche o productos grasos. Sin embargo, los servicios de salud les proporcionaron leche; incluso el gobierno del Estado otorgó mil litros para los damnificados. El coctel logrado con la mezcla de estos productos químicos, los cuales fueron esparcidos azarosamente por lluvia, depósitos de agua en calles, absorción, drenaje, por arroyos y por polvo ha logrado cambiar la epidemiología de esta zona de Córdoba. Ahí hemos encontrado una incidencia considerable de inmunodeficiencias: lupus eritematoso sistémico, diabetes mellitus, nefropatías, hepatologías, patologías hematológicas, aplasias medulares, leucemias, trastornos de las vías respiratorias bajas, neoplasias varias; abortos, malformaciones congénicas y cromosopatías, entre otras más, las cuales, por su aumento considerable en la zona a partir de 1991, sugieren su relación con el incendio de Anaversa. Son muchas las pruebas del daño a la salud de los afectados; tantas, como las muestras de la apatía oficial.
Los derechos humanos en el caso de Anaversa
Rosalinda Huerta Rivadeneyra - Presidenta de la Asociación de Asistencia a los Afectados por Anaversa, ac
Las instalaciones de Agricultura Nacional de Veracruz (Anaversa) se encontraban en una zona habitacional, rodeadas de casas, escuelas, iglesias y comercios. A pesar de que en 1980 se iniciaron las protestas organizadas de los vecinos por los efectos que provocaban en la salud las emanaciones de la fábrica, la solicitud de reubicación de la planta nunca se tomó en cuenta.
En realidad, la contaminación que provocó Anaversa inició mucho antes de la explosión e incendio del 3 de mayo de 1991, toda vez que la fábrica no contaba con los mecanismos necesarios de control de emisiones.
Pero no fue sino hasta después de ocurrido ese siniestro que, ante la magnitud del problema al que se enfrentaba, la comunidad organizó una asociación civil que presentó el caso ante la Comisión Nacional de Derechos Humanos. Ésta emitió al respecto la recomendación 99/91, dirigida a Patricio Chirinos y a Jesús Kumate, entonces secretarios de Desarrollo Urbano y Ecología y de Salud, respectivamente. Las recomendaciones de la cndh fueron:
PRIMERA: Investigar los motivos por los cuales fueron otorgadas las licencias sanitarias y de funcionamiento respectivas, no obstante que resultó evidente que la empresa no cumplía con los requisitos indispensables para operar.
Aunque Anaversa formulaba, envasaba y almacenaba productos agroquímicos (insecticidas, preservadores de madera y herbicidas) desde 1971, no contó con las licencias indispensables para operar sino hasta 1990, cuando le fue expedida la de la Secretaría de Salud y, en 1991, poco antes del accidente, la de la entonces Secretaria de Desarrollo Urbano y Ecología.
En la investigación realizada por el Ministerio Público Federal para fincar responsabilidades a los funcionarios encargados de emitir las licencias, se determinó el no ejercicio de la acción penal al comprobarse que, en el momento del accidente, no se requería que las empresas contaran con un programa de seguridad interno ni externo.
Incluso, en su declaración, la doctora Cristina Cortinas, responsable de expedir las licencias sanitarias federales en la época del siniestro, indicó que las condiciones bajo las cuales se otorgó la licencia sanitaria no estaban fundamentadas en ningún ordenamiento legal y se trataba sólo de señalamientos que se hacían a todas las empresas sin distinción.
Asimismo, afirmó que los pasos que se seguían para otorgar una licencia sanitaria federal se basaban en apreciaciones personales que no derivaban de una exigencia legal.
Esta afirmación evidencia la frivolidad con que las autoridades han actuado en la investigación del accidente y con la que han exonerado de toda responsabilidad en él a cualquier autoridad involucrada. La falta de conciencia oficial llegó al grado de reducir a 119 mil pesos la de por sí irrisoria multa de 238 mil pesos impuesta a la empresa.
SEGUNDA: Que la Secretaría de Salud lleve a cabo un censo integral de la población que estuvo expuesta de manera aguda a la contaminación y realice los estudios epidemiológicos y de colinesterasa complementarios.
El seguimiento epidemiológico fue cuestionado desde un inicio; los directores de las escuelas, el cuerpo de bomberos, los pastores protestantes y los sacerdotes católicos han dado testimonio de que dicho censo nunca fue aplicado y que las autoridades de salud se limitaron a dar seguimiento a algunos de los casos reportados inicialmente.
De acuerdo con especialistas en epidemiología y estudios de causalidad, el estudio epidemiológico adoleció de las siguientes deficiencias:
La Secretaría de Salud, al realizar los estudios e investigaciones, se constituyó en juez y parte, violentando así el principio procesal fundamental reconocido por el Estado mexicano. No es posible aceptar el argumento de que se trata de la única dependencia facultada para ello, toda vez que existen en el país instituciones e investigadores capacitados para realizar este tipo de estudios.
Se omitió considerar que la población no solamente estuvo expuesta a las sustancias que reconoció la empresa y para las cuales tenía permisos oficiales, sino a una mezcla de las sustancias peligrosas que manejaba y a los productos derivados de la combustión, en especial las muy tóxicas dioxinas, lo que permitiría prever el surgimiento de enfermedades no clasificadas.
El estudio se limitó exclusivamente a la búsqueda de algunos efectos de los compuestos reconocidos por la empresa, a pesar de testimonios de vecinos y trabajadores en el sentido de que ahí se procesaban y almacenaban grandes cantidades de otros como BHC y fosfuro de zinc.
Las autoridades no dieron a conocer en su momento el resultado de análisis de dioxinas en las muestras de suelo y, posteriormente, condicionaron la aplicación de medidas preventivas urgentes a los resultados de dichos análisis y a la evaluación de la peligrosidad de los niveles determinados.
Con esta decisión, desconocieron que México, al haber firmado la Agenda XXI en la Reunión de Río de Janeiro, se comprometió específicamente a aplicar el "Principio de Precaución" en todo lo relacionado con las sustancias tóxicas y sus riesgos.
Entre los daños provocados por la exposición a dioxinas se encuentran: cambios en la función endocrina asociada con las funciones reproductivas en animales y humanos, cambios en el sistema inmunológico, alteraciones del proceso de diferenciación de las células del sistema inmunológico, incremento en diabetes y mayor incidencia de endometriosis en las mujeres.
Con una exposición muy alta se corre el riesgo de una reducción en la capacidad reproductiva en los hombres, por una baja producción de esperma y una mayor incidencia de cáncer del sistema respiratorio, de la piel, de los testículos, cerebro, estómago, colon, recto, próstata, páncreas y riñón. La exposición a dioxinas en útero, o de tipo posnatal, puede provocar deficiencias inmunológicas que persisten por 10 años o más.
Aunque se reconoció la presencia de dioxinas en la zona afectada por el accidente y se advirtieron los daños que estas sustancias provocan en la población expuesta, hasta la fecha la Secretaria de Salud se ha negado a realizar estudios sobre su presencia en sangre, tejido adiposo y la leche materna de los expuestos a estas sustancias como consecuencia del accidente, incluyendo quienes siguen usando agua de pozos contaminados, a pesar de que estos análisis podrían establecer la relación directa entre el accidente y las enfermedades presentadas por los expuestos.
La propia cndh reconoció que el estudio epidemiológico tuvo "algunas deficiencias", lo que parece indicar que estaría aceptando que los resultados de estudios científicos sobre salud pueden ser relativos. Aun reconociendo que existen diferencias conceptuales y metodológicas en los estudios sobre salud ambiental, no es menos cierto que un principio fundamental ético y humano es asumir la posibilidad de riesgo y actuar preventivamente, tal como lo establece el principio de precaución mencionado.
En los estudios existió un manejo tendencioso sobre la causalidad de los problemas de salud detectados en los afectados por la explosión; además, se utilizó una teoría de causación simple, que está explícitamente descalificada para riesgos ambientales complejos. Es importante resaltar que, en virtud de que la población estuvo expuesta a una diversidad de sustancias, no es posible relacionar cada uno de los síntomas reportados con una sustancia en particular. Usualmente las personas están expuestas a una o dos sustancias y no a una diversidad de ellas, como ocurrió en este caso; a esto se debe la complejidad del problema.
En la toma de muestras para llevar a cabo los estudios, la cndh certificó las irregularidades que se presentaron; sin embargo, dichas irregularidades no fueron subsanadas ni tomadas en cuenta al valorar el cumplimiento de la recomendación.
TERCERA: Se refiere a la pertinencia de demoler el inmueble en el que se encontraban las instalaciones de la fábrica.
Al respecto, si bien es cierto que el inmueble fue formalmente "clausurado", también lo es que nunca se suprimió como fuente de exposición, pues ha permanecido siempre destechado, provocando la dispersión de los contaminantes, a pesar de las recomendaciones de expertos en el sentido de que debió ser totalmente sellado inmediatamente después del siniestro.
CUARTA y QUINTA: Establecen la necesidad de informar a la población sobre los estudios, investigaciones y acciones realizadas, así como del Plan Nacional de Contingencia para Accidentes Ambientales.
Sin embargo, la población no ha sido informada debidamente de las acciones llevadas a cabo ni del plan referido. Por el contrario, a los pacientes se les ha ocultado su diagnóstico y el resultado de sus estudios, así como se les ha negado la expedición de constancias de haber sido tratados.
La Asociación de Asistencia a los Afectados ha enfrentado continuamente una cerrazón institucional que llegó al grado de malversar los fondos designados a la creación de un fideicomiso: para la atención de los afectados el ayuntamiento de Córdoba los aplicó en la compra de una reja para un parque de la ciudad, alegando que dicho dinero había tenido un objetivo "ecológico".
Existe una larga lista de funcionarios implicados en este problema y de irregularidades en el proceso. Existen, asimismo, pruebas fehacientes de que las consecuencias del accidente han rebasado, incluso, las predicciones hechas por expertos hace diez años.
Sin embargo, más allá de las limitaciones de la ley, el caso Anaversa ilustra la falta de voluntad política, de independencia y compromiso de las autoridades en el cumplimiento fundamental de su responsabilidad de velar por el respeto al derecho a la protección de la salud, a un ambiente sano, a la información y a la vida de las futuras generaciones en México.
Fuente: http://www.jornada.unam.mx/2001/abr01/010430/eco-cara.html (A diez años de la explosión de Anaversa)
Sitio desarrollado por el Ing. Nestor Adolfo BOTTA para RED PROTEGER®.
Enviar correo electrónico a webmaster@redproteger.com.ar con preguntas o comentarios sobre este sitio Web.
Copyright © 2000-2008 RED PROTEGER®
Última modificación: 21 de Junio de 2008
Suscribirse a:
Entradas (Atom)